spot_img
29 abril 2026, 2:51 pm
18.3 C
Mar del Plata
InicioLocalesProhibición de trapitos y limpiavidrios en la provincia de Buenos Aires: un...

Prohibición de trapitos y limpiavidrios en la provincia de Buenos Aires: un proyecto de ley busca «ordenar» el espacio público

-

- Publicidad -

El diputado libertario Guillermo Castello presenta una iniciativa para modificar el Código de Faltas y sancionar a quienes ofrecen servicios de estacionamiento y limpieza de vehículos en la vía pública.

En un intento por ordenar el espacio público y reducir la presencia de personas que ofrecen servicios de estacionamiento y limpieza de vehículos en la vía pública, el diputado bonaerense de La Libertad Avanza, Guillermo Castello, ha presentado un proyecto de ley que busca prohibir la presencia de «trapitos» y limpiavidrios en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.

- Publicidad -

La propuesta de Castello modifica el artículo 74 del Código de Faltas para incluir en los delitos contra la tranquilidad y el orden público «el servicio de autorización o guía de estacionamiento o cuidado de coches» y «la limpieza de vehículos que se encontraren estacionados en la vía pública o que estén detenidos en semáforos». Esto significa que las personas que incurran en estos delitos podrán ser multadas con una sanción económica de entre el 15% y el 40% del sueldo mensual del Agente de Seguridad bonaerense, o con un arresto de dos a treinta días.

Además de incluir la actividad de los trapitos y los cuidacoches como conductas punibles, Castello agregó un articulado para duplicar o llevar el máximo la multa en caso de que funcionasen nucleados en una organización previa o cuando lo hagan en un evento masivo, como un recital. Esto busca desalentar la formación de grupos organizados que se dedican a estas actividades y que pueden generar problemas de seguridad y orden público.

La iniciativa también establece que las multas se doblarán en caso de que el trapito y/o cuidacoches realice la actividad con una cobertura en su rostro, como capuchas o pañuelos, a fin de que ocultar su identidad; y si el individuo portase «armas no convencionales» al momento del arresto. Esto busca prevenir la posibilidad de que estos individuos se sientan protegidos por su anonimato o por la posesión de armas.

Castello explicó que la prohibición no impone como requisito de arresto «la exigencia de retribución económica» para evitar las dificultades probatorias del delito, y apuntó que la Policía bonaerense podrá intervenir contra los trapitos y los cuidacoches solo con la constatación de la prestación del servicio. Esto significa que la policía podrá actuar de manera más efectiva para prevenir y sancionar estas actividades.

NMDQ

Fuente Noticias MDQ

- Publicidad -

Otras noticias

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí